PLAN DE ACCIÓN INTERNACIONAL PARA REDUCIR
LAS CAPTURAS INCIDENTALES DE AVES MARINAS
EN LA PESCA CON PALANGRE


Introducción

1. Se capturan incidentalmente aves marinas en varias pesquerías palangreras comerciales del mundo, por lo que crece la preocupación sobre los efectos de dichas capturas incidentales. La captura incidental de aves marinas puede perjudicar también a la productividad y rentabilidad de la pesca. Los gobiernos, las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones pesqueras comerciales están solicitando la adopción de medidas para reducir la mortalidad de aves marinas en la pesca con palangre en que se capturan muchas aves marinas incidentalmente.

2. Las principales pesquerías de palangre en que se sabe que se producen capturas incidentales de aves marinas son las de: túnidos, peces espada y agujas en determinadas partes de los océanos; merluza negra en el océano austral y fletán, bacalao negro, bacalao del Pacífico, fletán negro, bacalao, eglefino, brosio y maruca en los océanos septentrionales (Pacífico y Atlántico). Las especies de aves marinas capturadas con mayor frecuencia son los albatros y petreles en el océano austral, el fulmar glacial en el Atlántico norte y albatros, gaviotas y fulmares en las pesquerías del Pacífico norte.

3. Respondiendo a la necesidad de reducir las capturas incidentales de aves marinas en las pesquerías comerciales del océano austral, la Comisión para la Conservación de los Recursos Marinos Vivos del Antártico (CCAMLR) adoptó en 1992 medidas de mitigación para sus 23 Estados Miembros, con el fin de reducir las capturas incidentales de aves marinas.

4. Bajo los auspicios de la Comisión para la Conservación del Atún de Aleta Azul del Sur (CCSBT), Australia, Japón y Nueva Zelandia han estudiado y adoptado desde 1994 medidas para reducir las capturas incidentales de aves marinas en sus pesquerías de atún de aleta azul con palangre, y en 1995 la CCSBT aprobó la recomendación relativa a especies ecológicamente afines, incluida la concerniente a la mortalidad incidental de aves marinas en la pesca con palangre. La recomendación estipula políticas de compilación de datos e información, medidas de mitigación y formación de los pescadores y de difusión de información. Todos los Estados Miembros de la CCSBT han establecido el uso obligatorio de líneas espantapájaros (postes tori) en sus pesquerías.

5. Los Estados Unidos de América adoptaron también en 1997, por reglamento, medidas para reducir las capturas incidentales de aves marinas en sus pesquerías de fondo con palangre en el Mar de Bering, las Islas Aleutianas y el Golfo de Alaska, y para la pesca del fletán en 1998. Los Estados Unidos de América están elaborando medidas para reducir la captura incidental de aves marinas en la pesca pelágica con palangre en Hawai. Varios países que tienen pesquerías de palangre han adoptado igualmente medidas de mitigación análogas.

Origen

6. Tomando nota de la sensibilizacion cada vez mayor del sector respecto de la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre y de sus posibles efectos negativos en las poblaciones de aves marinas, en el 22º período de sesiones del Comité de Pesca (COFI) celebrado en marzo de 1997, se formuló la propuesta de que la FAO organizara con fondos extrapresupuestarios una consulta de expertos para elaborar directrices que permitieran redactar un plan de acción que se presentara en el siguiente período de sesiones del Comité, con el fin de reducir tales capturas incidentales.

7. El Plan de Acción Internacional para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre (PAI-AVES MARINAS) se ha elaborado tras la reunión de un Grupo Técnico de Trabajo en Tokio del 25 al 27 de marzo de 1998 1 y la Consulta sobre la ordenación de la capacidad pesquera, la pesca del tiburón y las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre que tuvo lugar del 26 al 30 de octubre de 1998 y su reunión preparatoria celebrada en Roma del 22 al 24 de julio de 1998 2 .

Carácter y ámbito de aplicación del Plan

8. La aplicación del PAI-AVES MARINAS es de carácter voluntario. Se ha elaborado en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable conforme está dispuesto en su Artículo 2 d). Para la interpretación y aplicación de este documento y sus relaciones con otros instrumentos internacionales, se aplica el Artículo 3 del Código de Conducta. Se alienta a todos los Estados 3 a que lo apliquen.

9. El PAI-AVES MARINAS se aplica a los Estados en cuyas aguas practican la pesca con palangre naves propias o extranjeras y a los Estados que practican la pesca con palangre en alta mar y en las zonas económicas exclusivas (ZEE) de otros Estados.

Objetivo

10. Teniendo en cuenta en particular los objetivos de los artículos 7.6.9 y 8.5 del Código de Conducta, el PAI-AVES MARINAS tiene por objeto reducir la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre, cuando se produzca.

Aplicación

11. Al aplicar el PAI-AVES MARINAS, los Estados deberán realizar una serie de actividades. Ello deberá emprenderse, según convenga, conjuntamente con las organizaciones internacionales competentes. La configuración exacta de estas actividades se basará en una evaluación de la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre.

12. Los Estados con pesquerías de palangre deberán hacer una evaluación de tales pesquerías para determinar si hay algún problema con respecto a capturas incidentales de aves marinas. Si existe tal problema, los Estados deberán adoptar un plan de acción nacional para reducir la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre (PAN-AVES MARINAS). (Véase adjunta la "Nota técnica sobre la elaboración de un plan de acción nacional para reducir la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre"). Al elaborar el PAN-AVES MARINAS, deberá tenerse en cuenta, según proceda, la experiencia adquirida en las organizaciones regionales de ordenación pesquera organizaciones regionales de ordenación pesquera. La FAO deberá proporcionar a los países una lista de expertos y un mecanismo de asistencia técnica en relación con la elaboración de los PAN-AVES MARINAS.

13. Los Estados que determinen que no es necesario un PAN-AVES MARINAS deberán examinar periódicamente esa decisión teniendo en cuenta especialmente los cambios que se produzcan en sus pesquerías, tales como la ampliación de las pesquerías existentes y/o el desarrollo de nuevas pesquerías de palangre. Si, sobre la base de una evaluación posterior, determinan que existe un problema, los Estados deberán seguir el procedimiento descrito en el párrafo 13 y aplicar un PAN-AVES MARINAS en el plazo de dos años.

14. La evaluación se incluirá como parte de cada PAN-AVES MARINAS.

15. Cada Estado es responsable del diseño, aplicación y seguimiento de su PAN-AVES MARINAS.

16. Los Estados reconocen que cada pesquería de palangre es única, por lo que las medidas de mitigación apropiadas sólo pueden determinarse mediante una evaluación in situ de la pesquería en cuestión. Actualmente se están utilizando o desarrollando medidas técnicas y operativas de mitigación en algunas pesquerías de palangre donde se producen capturas incidentales de aves marinas. En la Nota técnica adjunta a este documento se indican las medidas elaboradas por distintos Estados (Nota técnica sobre la elaboración de un Plan de Acción Nacional para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre). Esta lista no menoscaba el derecho de los Estados a decidir la utilización de éstas u otras medidas adecuadas que puedan elaborarse. En la Circular de Pesca Nº 937, figuran una descripción y examen más completos de las medidas de mitigación aplicadas o que se están elaborando.

17. Los Estados deberán empezar a aplicar los PAN-AVES MARINAS a más tardar para el período de sesiones del COFI del 2001.

18. Al aplicar sus PAN-AVES MARINAS, los Estados deberán evaluar periódicamente, al menos cada cuatro años, su aplicación con objeto de determinar estrategias rentables para incrementar la eficacia de los PAN-AVES MARINAS.

19. Los Estados, en el marco de sus respectivas competencias y en consonancia con el derecho internacional, deberán esforzarse por cooperar mediante organizaciones o acuerdos regionales o subregionales de ordenación pesquera y otras formas de cooperación, con vistas a reducir la captura incidental de aves marinas.

20. Al aplicar el PAI-AVES MARINAS, los Estados reconocen que la cooperación entre los Estados que disponen de importantes pesquerías de palangre es esencial para reducir la captura incidental de aves marinas, teniendo en cuenta el alcance mundial de la cuestión. Los Estados deberán esforzarse en colaborar por medio de la FAO y de acuerdos bilaterales y multilaterales en la investigación, capacitación de personal y producción de información y material de promoción.

21. Los Estados deberán informar sobre los progresos en la evaluación, elaboración y aplicación de sus PAN-AVES MARINAS como parte de su presentación bienal de informes con arreglo al Código de Conducta para la Pesca Responsable.

Función de la FAO

22. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia y en la medida especificada en ellas, y como parte de las actividades de su Programa Ordinario, prestará apoyo a los países en la aplicación del PAI-AVES MARINAS.

23. La FAO, siguiendo las instrucciones de su Conferencia, y en la medida especificada en ellas, prestará apoyo en la elaboración y aplicación de PAN-AVES MARINAS mediante proyectos específicos de asistencia técnica en los países, con recursos del Programa Ordinario y utilizando los fondos extrapresupuestarios que se pongan a disposición de la Organización para ese fin.

24. La FAO informará cada dos años, por medio del COFI, sobre el estado de los progresos en la aplicación del PAI-AVES MARINAS.

NOTA TÉCNICA SOBRE LA ELABORACIÓN DE UN PLAN DE ACCIÓN NACIONAL PARA REDUCIR LAS CAPTURAS INCIDENTALES DE AVES MARINAS EN LA PESCA CON PALANGRE (PAN-AVES MARINAS)

No se trata de una lista exclusiva ni completa, pero proporciona una orientación para la preparación del PAN-AVES MARINAS.

El PAN-AVES MARINAS es un plan que un Estado diseña, aplica y supervisa para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre.

I. Evaluación

1. La finalidad de la evaluación es determinar la medida y naturaleza de la captura incidental, por parte de un Estado, de aves marinas en la pesca con palangre.

2. La evaluación puede incluir, pero no exclusivamente, la compilación y análisis de la información que se indica a continuación:

· Criterios aplicados para evaluar la necesidad de elaborar un PAN-AVES MARINAS.
· Datos de la flota pesquera (número de naves por tamaño).
· Datos sobre las técnicas de pesca (demersal, pelágica, métodos).
· Zonas de pesca.
· Esfuerzo de pesca en la pesca con palangre (estaciones, especies, capturas, número de anzuelos/año/pesquería).
· Estado de las poblaciones de aves marinas en las zonas de pesca, si se conoce.
· Captura anual total de aves marinas (número por series de 1000 anzuelos/especie/pesquería palangrera).
· Medidas vigentes de mitigación aplicadas y su eficacia para reducir las capturas incidentales de aves marinas.
· Vigilancia de capturas incidentales (programa de observación, etc.).
· Exposición de las conclusiones y decisión de elaborar y aplicar un PAN-AVES MARINAS.

II. PAN-AVES MARINAS

El PAN-AVES MARINAS podrá contener los elementos siguientes:

1. Prescripción de medidas de mitigación

Los PAN-AVES MARINAS deberán prescribir métodos apropiados de mitigación. Estos deberán ser de eficiencia probada y ser rentables para la industria pesquera. Si la eficacia de las medidas de mitigación puede mejorarse combinando distintas medidas e instrumentos de mitigación, es probable que cada Estado considere oportuno aplicar varias medidas conforme a las necesidades y circunstancias concretas de sus pesquerías de palangre.

2. Investigación y desarrollo

Los PAN-AVES MARINAS deberán contener planes para la investigación y el desarrollo, incluidos los destinados a: i) elaborar los instrumentos más prácticos y eficaces para ahuyentar a las aves marinas; ii) mejorar otras tecnologías y prácticas que reduzcan las capturas incidentales de aves marinas; iii) realizar investigaciones específicas para evaluar la eficacia de las medidas de mitigación aplicadas en la pesca con palangre, cuando se plantee este problema.

3. Enseñanza, capacitación y publicidad

Los PAN-AVES MARINAS deberán prescribir los medios para sensibilizar a los pescadores, a las asociaciones pesqueras y a otros grupos pertinentes en lo concerniente a la necesidad de reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre, cuando se produzca; los planes de acción nacionales e internacionales y demás información relativa a las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre, y fomentarán la aplicación de los PAN-AVES MARINAS en el ámbito de la industria nacional, la investigación y su propia administración.

Proporcionar información sobre asistencia técnica o financiera para reducir la captura incidental de aves marinas.

Programas de promoción para pescadores, encargados de la ordenación pesquera, tecnólogos de artes de pesca, arquitectos marítimos, constructores de barcos, y responsables de la conservación y otros miembros interesados del público. La finalidad de estos programas será mejorar el conocimiento de los problemas que derivan de la captura incidental de aves marinas y la aplicación de medidas de mitigación. El programa de promoción podrá incluir la difusión de planes de estudio y directrices por medio de vídeos, manuales, folletos y carteles. El programa deberá centrar la atención en los aspectos de conservación relacionados con este problema y en los beneficios económicos que se espera obtener de una mayor eficiencia pesquera, entre otras formas, mediante la eliminación de las pérdidas de cebo a causa de las aves marinas.

4. Compilación de datos

Los programas de compilación de datos deberán determinar la captura incidental de aves marinas en la pesca con palangre y la eficacia de las medidas de mitigación. Tales programas podrán, entre otras cosas, utilizar observadores a bordo.

NOTA TÉCNICA SOBRE ALGUNAS MEDIDAS TÉCNICAS Y OPERATIVAS FACULTATIVAS PARA REDUCIR LAS CAPTURAS INCIDENTALES DE AVES MARINAS

I. INTRODUCCIÓN

Para reducir las capturas incidentales de aves marinas, es imprescindible reducir las posibilidades de que las aves se encuentren con los anzuelos cebados. Hay que señalar que las distintas medidas, si se utilizan en combinación, pueden mejorar la eficacia de la mitigación.

Para cada una de las medidas se presentan brevemente su eficacia y sus costos para los pescadores. En esta presentación, se entiende por "eficacia" el grado en que cada medida reduce la captura incidental de aves marinas; por "costo" se entiende el costo inicial o inversión y los costos de operaciones.

Hay otras posibilidades técnicas que se están desarrollando actualmente y los pescadores e investigadores pueden elaborar sobre el terreno nuevas medidas de mitigación, por lo que es probable que la lista de medidas aumente al cabo del tiempo.

Si la eficacia de las medidas de mitigación puede mejorarse combinando distintas medidas o instrumentos de mitigación, cada Estado podrá considerar ventajosa la aplicación de medidas distintas que se adapten mejor a sus condiciones y reflejen las necesidades específicas de sus pesquerías de palangre.

La lista que sigue no debe considerarse obligatoria ni exhaustiva y la FAO mantendrá una base de datos sobre las medidas que se están aplicando o elaborando.

II. MEDIDAS TÉCNICAS

1. Aumentar la velocidad de hundimiento del cebo

a) Peso del arte

Concepto : Aumentar la velocidad de hundimiento de los anzuelos cebados y reducir su tiempo de exposición a las aves marinas.

Eficacia : Los estudios han demostrado que la colocación del peso apropiado en la línea puede ser muy eficaz para evitar las pérdidas de cebo causadas por las aves.

Costo : El costo es la compra inicial de material que sirve de peso (aparejo más pesado o pesos) y cualquier sustitución en curso de los pesos perdidos durante la pesca.

b) Descongelación del cebo

Concepto : Evitar que el cebo flote descongelándolo o agujereando la vejiga natatoria.

Eficacia : Se reduce la tasa de capturas incidentales de aves marinas cuando se utilizan cebos descongelados. Se ha demostrado también que, si el pescado utilizado como cebo tiene la vejiga natatoria desinflada, se hunde más rápidamente que cuando no la tiene.

Costo : Los costos posibles incluyen un estante de descongelación o el peso adicional para compensar la flotación provocada por la vejiga natatoria.

c) Máquina para largar la línea

Concepto : Incrementar la velocidad de hundimiento de la línea eliminando la tensión en la misma al largar el arte.

Eficacia: Aunque no se han hecho evaluaciones cuantitativas, esta práctica haría que la línea se hunda más rápidamente reduciendo así las posibilidades de que las aves marinas se acerquen a los anzuelos cebados.

Costo : En algunas pesquerías, el costo inicial puede incluir la compra de un instrumento para calar la línea.

2. Conducto, cápsula o embudo para calar la línea debajo del agua

Concepto : Evitar el acceso de las aves a los anzuelos cebados calando la línea por debajo del agua.

Eficacia : Los instrumentos para largar por debajo del agua están todavía en desarrollo, pero podrían tener mucha eficacia.

Costo: El costo inicial incluye la compra de un instrumento para largar el arte por debajo del agua.

3. Línea espantapájaros en el punto en que los anzuelos cebados entran en el agua

Concepto : Evitar que las aves marinas lleguen a los anzuelos cebados en el punto donde entran en el agua. La línea espantapájaros sirve para impedir el acceso de las aves a los anzuelos cebados. El diseño puede variar según los barcos, las operaciones de pesca y el lugar y es decisivo para su eficacia. Ejemplos de estas técnicas son las líneas con cabos sueltos colgando a modo de serpentinas y las boyas de remolque.

Eficacia: Varios estudios y observaciones anecdóticas han demostrado la notable eficacia de estos instrumentos cuando se proyectan y utilizan debidamente.

Costo : Bajo costo inicial de la compra e instalación de la línea espantapájaros.

4. Máquina para echar el cebo

Concepto : Coloca el cebo en un lugar protegido por una línea espantapájaros y fuera de la turbulencia causada por el propulsor y la estela del barco.

Eficacia: La colocación del cebo en la zona protegida por la línea espantapájaros reduce la exposición de los anzuelos cebados a las aves. Todavía no se ha determinado la medida en que se reducen las pérdidas de cebo mediante la utilización de máquinas para echarlo, cuando se utilizan sin línea espantapájaros o de forma que el cebo no quede protegido por una línea espantapájaros.

Costo : Elevado, los costos iniciales incluyen la compra del instrumento para echar el cebo.

5. Cortinas de cuerdas

Concepto : Impedir que las aves marinas cojan los anzuelos cebados al calarlos cubriéndolos con una cortina de cuerdas flotantes en el aire que ahuyentan a las aves.

Eficacia : Pruebas anecdóticas indican que las cortinas espantapájaros pueden impedir que las aves piquen el cebo en el lugar donde se cala el arte.

Costo : Bajo, costo de los materiales.

6. Cebos y señuelos artificiales

Concepto : Reducir el buen sabor de los cebos y su disponibilidad.

Eficacia : Se están desarrollando todavía nuevos cebos cuya eficacia no se ha demostrado todavía.

Costo: Desconocido actualmente.

7. Modificación del anzuelo

Concepto : Utilizar tipos de anzuelos que reduzcan la probabilidad de que las aves queden capturadas cuando atacan un anzuelo cebado.

Eficacia : El tamaño del anzuelo puede influir en la composición por especies de la captura incidental de aves marinas. Sin embargo, está mal documentado el efecto de la modificación de los anzuelos.

Costo : Desconocido

8. Espantapájaros acústico

Concepto : Espantar a las aves del palangre utilizando medios acústicos, como sonidos de alta frecuencia, volumen elevado, sirenas, etc.

Eficacia : Hay pocas probabilidades de que sean eficaces ya que los ruidos de fondo son fuertes y las aves están acostumbradas a ellos.

Costo : Desconocido

9. Chorro de agua

Concepto : Ocultar los anzuelos cebados utilizando agua a alta presión.

Eficacia : No hay ninguna conclusión definitiva sobre la eficacia de este método.

Costo : Desconocido.

10. Espantapájaros magnético

Concepto : Perturbar los receptores magnéticos de las aves creando campos magnéticos.

Eficacia : No hay indicaciones sobre los efectos en experimentos prácticos.

Costo : Desconocido.

III. MEDIDAS OPERATIVAS

1. Reducir la visibilidad del cebo (calado nocturno)

Concepto : Calar el arte durante las horas de oscuridad y reducir la iluminación de los anzuelos cebados en el agua.

Eficacia : Se reconoce generalmente que este método es muy eficaz. Sin embargo, su eficacia puede variar según los caladeros y, también con carácter estacional, según las especies de aves. La luz de la luna podrá reducir la eficacia de esta medida.

Costo: Si se larga la línea sólo en horas de oscuridad se reducirá la capacidad de pesca, especialmente en los palangreros más pequeños. Hará falta realizar gastos pequeños para poner en el barco la iluminación apropiada.
Esta limitación puede entrañar también una inversión en costosa tecnología para elevar al máximo la eficiencia de pesca en un período de tiempo más breve.

2. Reducir el atractivo de los barcos para las aves marinas

Concepto : Haciendo que los barcos sean menos atractivos para las aves marinas se reducen las posibilidades de que éstas sean capturadas incidentalmente. La descarga de materiales (por ejemplo, descartes de pescado, basuras) de los barcos deberá hacerse en momentos o de forma que queden lo menos posible a disposición de las aves o, al menos, sea menor la probabilidad de causarles perjuicio. Si no puede evitarse la evacuación de despojos, deberá hacerse en el lado opuesto del barco al que se largan las líneas o de forma que no se atraiga a las aves hacia el barco (por ejemplo, de noche).

Eficacia : El problema de la evacuación de despojos es complejo. Vale la pena señalar los resultados conflictivos de los estudios realizados hasta la fecha sobre los efectos de los distintos procedimientos.

Costo: Bajo, en algunos casos puede incluir los medios para reducir los despojos o remodelar los sistemas de descarga de los mismos en el barco.

3. Zonas y períodos de veda

Concepto : Reducir las capturas incidentales de aves marinas evitando los períodos o lugares en que se concentran para alimentarse o reproducirse.

Eficacia : Las vedas de zonas y períodos pueden ser eficaces (como en las zonas de alta densidad de alimentación o durante el período en que las aves cuidan de los polluelos y los adultos pueden volar a distancias limitadas de los lugares de cría), si bien hay que tener en cuenta el posible desplazamiento de la flota pesquera a las zonas de otras aves marinas.

Costo: Desconocido, pero una limitación de la zona o período de pesca puede influir en la capacidad.

4. Concesión de licencias preferenciales a barcos con sistemas e instrumentos que reduzcan las capturas incidentales de aves marinas

Concepto : Dar incentivos para que se apliquen eficazmente medidas de mitigación sin necesidad de un seguimiento de su cumplimiento.

Eficacia : Puede ser muy eficaz para estimular la aplicación de medidas de mitigación y el desarrollo de sistemas de pesca que reduzcan las capturas incidentales de aves marinas.

Costo : Desconocido.

5. Liberación de aves vivas

Concepto : Si, pese a las precauciones, se capturan incidentalmente aves marinas, debería hacerse todo lo posible para asegurar que se deje libres a las que han quedado vivas a bordo y, siempre que sea posible, quitarles los anzuelos sin poner en peligro sus vidas.

Eficacia : Depende del número de aves que se capturen vivas a bordo, que se considera reducido en comparación con el número de aves que mueren al largar la línea.

Costo : Desconocido.


1 Véase: "Informe del Grupo Técnico de Trabajo sobre la Reducción de las Capturas Incidentales de Aves Marinas en la Pesca con Palangre". Tokio, Japón, 25-27 marzo de 1998. FAO Informe de Pesca No. 585.

2 Véase informe: "Reunión Preparatoria para la Consulta sobre la ordenación de la capacidad pesquera, la pesca del tiburón y las capturas incidentales de aves marinas en la pesca con palangre". Roma, 22-24 de julio de 1998. FAO Informe de Pesca No. 584.

3 En el presente documento, los términos "estado" y "país" se aplican también, mutatis mutandis , a las "entidades pesqueras" distintas de los estados y a cualquier otra entidad y organización a la que los países hayan transferido el derecho a establecer políticas y a ordenar la pesca.

7 En el presente documento, el término "Estado" comprende los Miembros y no miembros de la FAO y se aplica, mutatis mutandis , también a todas las "entidades pesqueras" distintas de los Estados.

8 En el presente documento, el término "regional" comprende el ámbito subregional, según proceda.

9 La reducción requerida variaría según la pesquería; p.e. se indicó una reducción del 20-30 por ciento para la pesca del atún con palangre en gran escala de zonas templadas (Grupo Técnico de Trabajo sobre Ordenación de la Capacidad Pesquera, 15-18 de abril de 1998, FAO Informe de Pesca No. 586).