Actualmente la FDA, la Administración de Alimentos y Medicamentos de los EE.UU., ha propuesto una nueva ley que regulará nuevos parámetros para determinar la calidad y seguridad de los alimentos que ingresan a su territorio, así como los que son elaborados dentro del país para su consumo interno. Esta Ley se denomina Ley de Modernización de la Seguridad de los Alimentos (FSMA, Food Safety Modernization Act ) y ya se han iniciado pláticas con sectores de la industria alimentaria para discutir cómo se ejecutarán los reglamentos que propone, qué recursos serán necesarios y cómo hacer entender a gobierno y empresas como implementarla.
Como reza el sitio web de la FDA “la Ley de Modernización de la Seguridad de los Alimentos es la reforma más profunda de nuestras leyes de seguridad alimentaria en más de 70 años, se convirtió en ley por la firma del presidente Obama el 4 de enero de 2011. Su objetivo es garantizar que el suministro de alimentos de Estados Unidos es seguro, desplazando el enfoque de responder a la contaminación a su prevención. El retiro del mercado de los alimentos potencialmente peligrosos siempre ha sido una importante herramienta de la inocuidad y seguridad de los alimentos. La FDA a menudo trabaja con las empresas para llevar a cabo el retiro voluntario, con el objetivo de conseguir que el producto esté fuera del mercado lo más rápida y eficientemente posible. Entonces esta revisión profunda se hace con el objetivo de evitar que el retiro sea el principal recurso optimizando algunos aspectos de las cadenas de suministro, en cuanto a la manipulación, transporte y empaque de los alimentos para garantizar su seguridad.
En cuanto al sector pesquero y en especial el de nuestro país, debemos considerar atentamente la sección dedicada a las importaciones:
Como lo describe la FDA, Los Programas de Verificación de Proveedores Extranjeros (Foreign Supplier Verification Programs, FSVP) exige a los importadores de los productos alimenticios en los EE.UU., ya sean destinados a seres humanos o animales, a asumir la responsabilidad por la seguridad de los alimentos que importan mediante la realización de ciertas actividades basadas en el riesgo. El objetivo es asegurarse de que los alimentos importados se han «producido de una manera que proporciona el mismo nivel de protección de la salud pública que se exige a los procesadores de alimentos domésticos y granjas de producción y, además, que no están adulterados o mal etiquetados con respecto al etiquetado de alérgenos» como reza la misma ley.
¿Qué requiere la regla FSVP?
Los importadores que se encuentren bajo la autoridad de la nueva regla necesitarán llevar a cabo los análisis de riesgos de los alimentos que producen y también para productos alimenticios suministrados a ellos por otros. Tocamos aquí los importadores de materia prima para procesar (pescado congelado, por ejemplo) y aquellos que comercializan alimentos ya terminados (pescado procesado y en conserva), estas dos modalidades de importación, en concreto, tendrán que:
- Anticipar los peligros conocidos o previsibles asociados con determinados tipos de alimentos.
- Evaluar el riesgo planteado por un alimento basado en el análisis de riesgos y el registro del proveedor de cumplimiento. Los riesgos particulares de alimentos, así como el desempeño del proveedor extranjero, deben ser reevaluados cada tres años, o cuando llega nueva información a la luz.
- Utilizar los datos para aprobar los proveedores extranjeros y diseño de métodos apropiados de verificación de proveedores. El importador es libre para adaptar los procesos de verificación de las características únicas de un alimento o la situación de un proveedor.
- Llevar a cabo acciones correctivas para mantener la integridad de su cadena de suministro.
Para los productos alimenticios fabricados enteramente fuera de los EE.UU., la norma exige que el importador del producto terminado se asegure de que los controles de seguridad adecuados estén en su lugar.
Como se ha señalado por el abogado Kathy Hardee en un artículo de diciembre de 2015 por la revista de Seguridad Alimentaria, la regla FSVP primero busca al importador, que es el dueño o consignatario en EE.UU. de un alimento ofrecido para su importación en los EE.UU.
«Si el importador es un fabricante de alimentos de otra manera conforme a las reglas de los controles preventivos, ningún programa FSVP es necesario porque se identifica el riesgo y gestionado bajo sus procesos de controles preventivos,» escribió Hardee. «Si el importador no es un fabricante en EE.UU., sujeto a las reglas de los medios de prevención y no cumple con una de las otras excepciones mencionadas, el importador debe crear e implementar un FSVP”.
«Un FSVP exige al importador que responda por el proveedor extranjero de un artículo alimenticio. El proveedor extranjero es generalmente la entidad extranjera que fabrica y procesa los alimentos que se exportan a los Estados Unidos. Si un alimento extranjero pasa a través de un programa de compresión de intermediario, titular o re-etiquetado, el fabricante original todavía se considera que es el proveedor extranjero «, afirmó.
Es importante señalar que se establecen requisitos modificados para FSVP muy pequeños e importadores de alimentos de ciertos pequeños proveedores extranjeros. Un ejemplo de estos requisitos modificados es que algunos importadores no tendrían que llevar a cabo los análisis de riesgos. Deben verificar su proveedor extranjero mediante la obtención de la garantía de conformidad por escrito del proveedor.
Instalaciones sujetas a requisitos modificados en virtud de las normas controles preventivos, ya que son instalaciones calificadas. No se modifican los requisitos para FSVP ciertos alimentos de un proveedor extranjero en un país cuyo sistema de seguridad alimentaria ha sido reconocido como comparable o determinado que es el equivalente de sistema de los Estados Unidos. En este sentido los etiquetados internacionales pueden resultar muy útiles para efecto de los trámites de exportación, pero por los momentos los únicos países que cumplen con los criterios son Nueva Zelanda y Canadá. Sin embargo la mayoría de los productos provenientes de la pesca están exentos de la regla FSVP. Son aquellos pescados y productos pesqueros (en cumplimiento de la normativa HACCP de mariscos de la FDA) o ciertos ingredientes utilizados en este tipo de productos en el cumplimiento de las normas HACCP de mariscos.
Esta ley tiene plazos de cumplimiento para este mismo año en el caso de las grandes empresas, para 2017 en el caso de las pequeñas y hasta 2018 en el caso de las muy pequeñas, en todo lo concerniente a la seguridad e inocuidad de la comida destinada a seres humanos.